Indotel ratifica balances no consumidos podrán ser transferidos por hasta tres meses

    Organismo rechaza las solicitudes de las prestadoras de que la transferencia fuera solo por un mes

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    Con la finalidad de reforzar y garantizar la protección de los usuarios de telecomunicaciones en el país, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), ratificó las disposiciones regulatorias contenidas en la Resolución 062-17, mediante la cual dictó el reglamento sobre los derechos y obligaciones de los usuarios y las prestadoras de los servicios públicos de telecomunicaciones.

    El reglamento establece la transferencia por hasta tres meses de cualquier saldo pagado por el usuario que haya quedado pendiente de consumir, abarcando los servicios contratados en las formas de postpago y prepago, así como los saldos y balances para llamadas, SMS, servicios de datos, entre otros.

    “El usuario de las telecomunicaciones del país, no está solo, tiene al Indotel a su lado” destacó hace unos meses el Presidente del Consejo del Indotel, Luis Henry Molina, al informar que bajo su liderazgo se tomarían acciones y medidas que favorezcan directa o indirectamente a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones.

    El Indotel alude a que el balance transferido deberá ser el primero en aplicarse al momento de consumirse el servicio, lo cual redunda en beneficio del consumidor.

    La resolución motiva que los saldos se transfieran por hasta tres meses debido a que dicho plazo “busca un balance entre el hecho de que el saldo no consumido ha sido ya pagado por el cliente, pero a su vez existen elementos técnicos y comerciales que afectan la capacidad de la prestadora de poder prestar el servicio en cualquier momento del tiempo, así como la posibilidad de cubrir los costos de mantener una línea activa aun cuando no realice consumos o genere nuevos ingresos”.

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