Tribunal Constitucional falla en contra de un aserradero en Valle Nuevo

Al validar su sentencia, el alto tribunal dice que el corte de madera “podría causar serios daños al medio ambiente de la indicada área protegida”

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SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional emitió ayer la sentencia número TC-0021-17 en la que acoge la acción de amparo preventivo interpuesta por ambientalistas del grupo SOS Ambiente RD en septiembre de 2014 para evitar que el Ministerio de Medio Ambiente instalara un aserradero en el Parque Nacional Valle Nuevo.

En dicha sentencia el tribunal dispone el desmantelamiento inmediato de cualquier instalación establecida para esos fines.

“Luego de revocar la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que favorecía las pretensiones del Ministerio de Medio Ambiente, el grupo sometió un recurso de revisión ante el Tribunal Constitucional. Luego de considerar que el juez no motivó adecuadamente su decisión, el Constitucional revocó la sentencia 00457-2014 del Tribunal Superior Administrativo, y procedió a conocer el fondo del caso, por tratarse de la salvaguarda de derechos fundamentales”, informó el grupo ambientalista en una comunicación de prensa.

Para validar su sentencia, el Tribunal Constitucional advierte “que realmente, existe la posibilidad de la instalación del aserradero que denuncian los accionantes, lo cual podría causar serios daños al medio ambiente de la indicada área protegida”.

Agrega que “permitir la tala de los pinos y otras especies vegetales en dicha área afectaría gravemente la hidrografía de la isla, ya que en este valle nace el ochenta por ciento (80 %) de los ríos del país, por lo que es conocido como «Madre de las Aguas»”.

“Como consecuencia de lo anterior –continúa la sentencia– el ecosistema de dicho parque podría resultar irremisiblemente deteriorado, afectando el nacimiento de los principales ríos del país (Yuna, Yaque del Norte, Camú, Yaque del Sur, entre otros), lo cual lesionaría de manera irreversible el medio ambiente en República Dominicana.”

El Tribunal Constitucional estima que con un lugar para cortar madera en el Parque Nacional Juan Bautista Pérez Rancier, de Valle Nuevo, zona protegida como reserva científica desde 1983, y como parque nacional desde 1996, “se estaría vulnerando la protección del antes referido derecho colectivo y del medio ambiente consagrado en el artículo 66 de nuestra Carta Sustantiva, en vista del inminente y grave riesgo que pende sobre dicha área protegida”.

Los miembros de SOS Ambiente expresaron su satisfacción con el fallo, el cual, consideran, sirve de precedente y herramienta para garantizar el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales para la protección de Valle Nuevo y otras áreas protegidas.

Valoran que el Tribunal Constitucional, en su argumentación, haya expuesto toda la normativa Constitucional y legal que rige el sistema nacional de áreas protegidas y envía un mensaje claro y contundente de que todos los tribunales del país deben hacer respetar dichas normas.

“Esta sentencia resulta muy oportuna, en momentos en que se está implementando un plan de rescate de Valle Nuevo, y que viene a dar sustento a las acciones de erradicación de agricultura emprendidas por el Ministerio de Medio Ambiente, así como toda acción ilegal e inconstitucional presente o futura. Nos sentimos orgullosos con este fallo, y fortalecidos para seguir luchando por nuestras áreas protegidas”, manifestó Beatriz Ferrer.

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