24 y 31 de diciembre sin límite de horario para vender alcohol

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    El Ministerio de Interior y Policía anunció la flexibilización temporal del horario para el expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos del país, que regirá desde este domingo 15 de diciembre hasta el 3 de enero de 2025.

    Esta medida tiene como objetivo ajustar el horario en los centros de diversión y recreación durante la temporada de fiestas navideñas y Año Nuevo.

    La flexibilización establece que, de domingo a jueves, los establecimientos como discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, pianos-bares y casinos podrán vender bebidas alcohólicas hasta las 3:00 de la madrugada. Mientras que, los viernes y sábados, el horario se extenderá hasta las 4:00 de la madrugada del día siguiente.

    Una de las excepciones importantes de la medida es que los días 24 y 31 de diciembre no habrá límite de horario para la venta de bebidas alcohólicas, permitiendo que los establecimientos puedan operar sin restricciones durante la celebración de Nochebuena y Nochevieja.

    Sin embargo, la Resolución 0008-2024 no aplica para ciertos tipos de negocios como colmados, colmadones, cafeterías, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos y tiendas de licores, que deberán seguir operando hasta las 12:00 de la medianoche todos los días.

    Incumplimento incluye sanciones

    La ministra de Interior y Policía, Faride Raful, advirtió que cualquier incumplimiento de la resolución podrá resultar en sanciones severas, que incluyen el cierre temporal o definitivo de los establecimientos infractores y la cancelación de sus licencias o permisos.

    Asimismo, las autoridades de la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (COBA) trabajarán en conjunto con la Policía Nacional para asegurar que la medida se cumpla rigurosamente.

    “La violación a esta disposición daría lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento y la cancelación de las licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos”, afirma Interior y Policía.

    Esta disposición de flexibilización de horario, contenida en la Resolución número MIP-RA-0008-2024, modifica temporalmente el Artículo 1 de la Resolución No. ESP/001-2022, emitida en abril de 2022, que establecía horarios más restrictivos para el expendio de bebidas alcohólicas.

    La ministra Raful recordó que la flexibilización es solo durante el período festivo y que, a partir del 4 de enero de 2025, la Resolución 001-2022 regresará a su plena vigencia. Normalmente, según el decreto 308-06, los centros de diversión deben operar de domingo a jueves hasta las 12:00 de la medianoche y viernes y sábado hasta las 2:00 de la madrugada.

    Busca un ambiente festivo seguro

    Con esta flexibilización, el Gobierno busca fomentar un ambiente festivo seguro, sin descuidar las normativas que regulan el expendio de bebidas alcohólicas en el país. La medida tendrá una duración de tres semanas, y se adaptará a las celebraciones del cierre de año y a las festividades de fin de temporada. La Dirección de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas será rigurosa en el seguimiento para verificar que sea cumplida la norma.

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