Desde el pasado 16 de agosto el Gobierno dominicano tiene nuevos huéspedes, por un período de cuatro años, sobre todo el Ministerio de Relaciones Exteriores; también el Poder Legislativo y los ayuntamientos (desde el 25 de abril), aunque en estos dos últimos no todos son nuevos. Igualmente hay nuevas designaciones en el Poder Judicial, como el Ministerio Público que tiene una nueva jefa.
¿Estarán enterados todos esos funcionarios, legisladores y ediles que son candidatos a poseer un pasaporte oficial o diplomático y que ese “privilegio” es extensivo para su círculo familiar que incluye la pareja, madres solteras, los hijos solteros (varones) hasta los 18 años y las hembras hasta los 23?.
Pues para quienes deseen adquirir su pasaporte en la categoría que le corresponda, sepa que estos los expide el Ministerio de Relaciones Exteriores y que tienen una serie de requisitos que explicaremos en esta nota. Se expiden gratis y el tiempo de para entregarlo es de 24 a 72 horas. El decreto 217 del año 1978 rige en el país el otorgamiento de pasaportes diplomáticos.
El pasaporte diplomático se les otorga a los funcionarios de la Administración del Estado, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo y del Ministerio de Relaciones Exteriores que viajan al exterior, en el cumplimiento de misiones oficiales. Estos con rango de embajadores, cónsules, vicecónsules, ministros, viceministros, jueces altas cortes, alcaldes y los familiares de esas personas.
Los directores de las instituciones del Estado y otros tienen derecho a un pasaporte oficial que solo se utiliza para viajes oficiales, pues si es para turista requiere un pasaporte ordinario que adquieren en la Dirección Nacional de Pasaportes, con el visado del país de destino, si es que lo requiere la nación receptora. Se recuerda que los dominicanos pueden viajar sin visa a más de 35 países por acuerdos arribados con esas naciones.
La Cancillería establece los siguientes requisitos
Según el portal de la Cancillería dominicana, el beneficiario debe llevar una carta de solicitud de pasaporte con una copia, en la que debe mencionar los nombres de todos los dependientes. “En caso de pertenecer al servicio exterior, la carta debe estar suscrita por el jefe de misión (embajador o cónsul)”.
Hay un formulario que el solicitante debe llenar y firmar, además de agregar acta de nacimiento legalizada.
Para los cónyuges dependientes deben llevar acta de matrimonio y las damas que decidan constar su estado civil como casada, su estatus debe estar reflejado en la cédula de identidad y electoral con ese apellido.
Deben llevar copia del decreto o del nombramiento
Para la solicitud, el funcionario debe presentar una copia del decreto o del nombramiento y si es militar o policía se requiere copia del listado del último ascenso.
Los legisladores y alcaldes tienen que presentar certificado de elección.
Todos los solicitantes deben llevar la cédula de identidad y una copia de esta de ambos lados, así como dos fotografías 2” x 2”
“Constancia laboral reciente. Si es funcionario de MIREX, la expide la Dirección de Recursos Humanos. Debe mencionar nombres de dependientes y estar apostillada por la Dirección de Legalizaciones; Certificación de participación de curso Actualización Diplomática para los designados en el servicio exterior; copia del certificado de carrera para miembros de la carrera judicial y los de carrera diplomática y en caso de renovación, entregar pasaporte anterior.
Destaca que el pasaporte requiere la captura de huellas dactilares y firma electrónica, por lo que es indispensable la presencia del solicitante, salvo los menores de diez años de edad.
La presencia del solicitante es indispensable, excepto menores de 10 años.