TSE no admite acción de Minou contra la JCE

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Argumento. El TSE dictaminó no haber constatado violación a derechos fundamentales en perjuicio de la parte accionante, en este caso, la Junta Central Electoral.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo sometida por la presidenta del Partido Opción Democrática, Minou Tavárez Mirabal, y otros dirigentes en contra de la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de rechazarle la solicitud de reconocimiento a esa organización política.

El TSE consideró que la acción de amparo es notoriamente improcedente, en virtud de que no ha constatado violación a derechos fundamentales en perjuicio de la parte accionante.

Los jueces establecen en su fallo que el número de afiliados al partido Opción Democrática que fue contactado por la JCE asciende a 38.41%, por lo que determinó que no cumple con las disposiciones de la resolución número 19-2011, dictada por la JCE el 5 de noviembre de 2011, que establece el procedimiento para el reconocimiento de partidos políticos y agrupaciones políticas accidentales.

Además de Minou, la acción fue suscrita por Manuel Bonilla Dominici, Samuel Bonilla Bogaert, Ángel Alfonso Casasnovas Giudicelli, José Horacio Rodríguez Grullón, Sergia Galván Ortega y Sergio Germán Medrano, mediante instancia recibida en el TSE el 7 de abril de 2016.

En la audiencia celebrada ayer la defensa de la JCE se retiró de la sala, luego de que el tribunal le rechazara una solicitud de incompetencia para conocer el expediente.

Antes del fallo, el abogado de Minou Tavárez, Enmanuel Esquea Guerrero, consideró que con el retiro de la JCE del proceso le estaba dando aquiescencia a la acción de amparo, por lo cual confiaba en que iba a ser acogida por el tribunal.

La acción de amparo fue sometida alegando que la JCE vulneró derechos fundamentales a cientos de dirigentes y militantes del Partido Opción Democrática, al negarle el reconocimiento.

La decisión está firmada por los jueces Mariano Rodríguez, presidente; Mabel Féliz Báez, John Newton Guiliani Valenzuela, José Manuel Hernández Peguero y Fausto Marino Mendoza Rodríguez.

El martes de la semana pasada, el TSE dejó el expediente en estado de fallo y fijó la lectura de la sentencia para el jueves 21, pero ese día ordenó la reapertura de los debates, de oficio.

En esa oportunidad, el TSE ordenó a los accionantes depositar por ante la Secretaría General del tribunal su respuesta a la comunicación que le envió la JCE el 11 de septiembre 2015, para lo cual le otorgó un plazo de un día.  En esa comunicación, el director de Partidos Políticos de la JCE, Guarino Cruz, informó al POP que en el conteo electrónico de la Dirección de Informática realizado el 10 de septiembre de 2015 se determinó que la organización política cuenta con 74,287 afiliados y que la cantidad exacta requerida es 87,831, por lo cual debía completar los faltantes 13,544, en virtud del artículo 42, acápite e, de la ley electoral 275-97.

Ayer, Esquea Guerrero dijo que el POD respondió a la JCE el 25 de octubre, anexando una lista de afiliados que superó el número exigido, porque llegaron a 89,000.

Luego del rechazo de la solicitud de reconocimiento del POD, Tavárez Mirabal fue escogida candidata presidencial del Partido Alianza por la Democracia (APD).

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