¡Alerta temprana! Los vehículos de carga no podrán transitar en Navidad y Año Nuevo

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    Como parte de las medidas de seguridad vial que se implementarán durante los feriados de Navidad y Año Nuevo, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte (INTRANT) anunció la prohibición de la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional.

    Las medidas serán implementadas desde el sábado 23 de diciembre, a partir de las 6:00 de la mañana, hasta el martes 26 de diciembre a las 5:00 a.m. y desde el sábado 30 de diciembre, a partir de las 6:00 de la mañana, hasta el martes 02 de enero del año 2024 a las 5:00 a.m.

    La medida busca prevenir los accidentes de tránsito durante el asueto navideño y de fin de año.

    VEHÍCULOS QUE SÍ PODRÁN TRANSITAR

    Los vehículos que podrán transitar y se exceptúan de esta prohibición son las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en camión cisterna.

    Además, los vehículos que estén debidamente identificados y brinden servicio de averías y mantenimiento de electricidad, tele cable, telefonía, sanitario, mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.

    SOBRE LOS PERMISOS

    En caso de necesitar permiso, el Intrant destacó que solo serán otorgados a los vehículos que transporten mercancías consideradas prioritarias o perecederas.

    Los tipos de cargas que pueden solicitar el permiso son combustible, agua envasada, abastecimiento de alimentos, juguetes, medicamentos, equipos médicos, servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos.

    Sin importar el tipo de mercancía a transportar, no serán otorgados permisos a cargas especiales, tales como camiones con doble cola o doble remolque, cargas sobredimensionadas o con sobrepeso.

    CÓMO SOLICITAR LOS PERMISOS

    Los interesados en obtener los permisos de circulación tienen hasta el viernes 22 de diciembre de 2023 a las tres de la tarde.

    El proceso de los permisos se realiza a través de la página web de INTRANT: www.intrant.gob.do donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección Q para su fiscalización.

    MEDIDAS PARA QUIENES NO CUMPLAN

    El incumplimiento a la disposición en la resolución será sancionado con un (1) salario mínimo del que impere en el sector público descentralizado, de conformidad con el artículo 281 de la Ley Núm. 63-17 y el artículo 69 del reglamento 258-20 sobre transporte de cargas, tanto al propietario de la unidad como al conductor.

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