El alivio tributario recibido por los contribuyentes, en forma de devolución o compensación por gastos educativos, pasó de RD$228.3 millones en el 2015 a RD$259.1 millones en el 2016, lo que representó un incremento de un 13.5%.
De acuerdo con la evaluación hecha sobre el tema por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), los resultados de la aplicación de la ley 179-09, sobre el beneficio tributario otorgado a las personas físicas, que permite la deducción de la inversión en educación en el impuesto sobre la renta, siguen mostrando con el paso de los años datos satisfactorios.
El total de declarantes aumentó un 9.7%, al pasar de 21,014 personas en el 2015 a 23,050 en el 2016. Asimismo, el monto de inversión en educación reportado por los declarantes ascendió a RD$2,600.7 millones en el año 2016, mostrando un aumento de RD$203.5 millones respecto al año 2015.
A partir de esos resultados, se puede constatar la alta credibilidad que perciben los ciudadanos del proceso de devolución, el manejo transparente del mismo y del suministro de información oportuna para la población, lo cual puede verificarse con el aumento sostenido de la cantidad de personas que solicitan el beneficio.
La Ley 179-09, sobre Deducción de Gastos de Educación, surge como una de las medidas tomadas por el Estado con el fin de fomentar la inversión en educación y al mismo tiempo aumentar el salario efectivo de las personas.
La DGII indica que “mediante esta ley quedó establecido que los asalariados, profesionales liberales y trabajadores independientes, declarantes del Impuesto sobre la Renta (ISR), pueden considerar como un ingreso exento del referido impuesto los gastos incurridos en la educación personal y la de sus dependientes directos no asalariados (esto en adición a la exención contributiva establecida en el artículo 296 del Código Tributario)”. La fecha para hacer la solicitud de devolución de los impuestos es el último día de febrero.
Los gastos a reportar deben estar sustentados en comprobantes válidos para crédito fiscal y ser emitidos por un centro educativo, en este caso, naturalmente, donde estudia el hijo o los hijos del solicitante. El periodo para registrar los gastos educativos es el año calendario, no año escolar (todos los gastos por concepto de educación incurridos entre enero-diciembre del año vigente). La persona debe tener su registro de contribuyente.
La DGII, cuando explica el procedimiento para reclamar la devolución, lo expresa así: “El interesado en acogerse a la ley 179-09 sobre gastos educativos, deberá agotar los pasos de registro”. Y señala que para solicitar el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de manera virtual se debe hacer clic sobre la pestaña Oficina Virtual (menú superior, cuando el contribuyente ingresa a la oficina virtual ubicada en la página web de la institución). En el menú inscripción se selecciona la opción persona física y se completa el formulario que aparecerá en pantalla. Cuando eso ocurre se debe presionar el botón enviar documento. El tiempo aproximado para el registro por esta vía es de 24 a 48 horas laborables.
El organismo recaudador explica que también se puede solicitar la inscripción de manera física, depositando en la administración local (en una oficina de la DGII) más cercana los siguientes documentos: formulario de declaración jurada de registro y actualización de datos de personas físicas (RC-01), debidamente llenado y firmado. También copia del documento de identidad y carta de trabajo (aplica solo para los asalariados).
“En caso de ser una personas asalariada, tome en cuenta que al momento de llenar el formulario de solicitud de inscripción (indistintamente de la vía utilizada), la información que debe colocar es la suya, no la de su empleador y la actividad económica a seleccionar es la de empleados y obreros. El registro por esta vía es de manera inmediata. El RNC que se asigna a las personas físicas es su número de Cédula de Identidad y Electoral”, dice la DGII.
¿Y las clases?
El inicio del año escolar no está lejos. El primer día de clase para el período 2016-2017 está previsto para el lunes 22 de agosto, por lo que desde hace días una cantidad importante de los padres realiza las compras de los utensilios que se requieren; otros tienen la tarea pendiente.
Opciones para elegir hay muchas en el mercado. Las preocupaciones llegan especialmente cuando se miran los precios y cuando en el hogar más de un hijo espera ser dotado de todo lo que necesita para ir tras su educación. Ahí llega la cuestión del presupuesto; de cuánto dinero gano y cuánto de eso puedo disponer para salir de situación.
Por ejemplo, una libreta puede adquirirse desde los RD$32.00, un sacapuntas desde los seis pesos, un juego geométrico desde los RD$51.00 y una lonchera a partir de los RD$240. Todo dependerá de la calidad, del tamaño del producto adquirido (en algunos casos) y del propio lugar donde se adquiera.
Una “cátedra”, (libreta de mayor volumen, que permite llevar las anotaciones de varias asignaturas) cuesta de RD$300 en adelante, mientras que un libro de lengua española, de ciencias naturales, de matemática o de sociales -de primero a sexto grado de primera- se cotiza entre los RD$1,000 y los RD$1,300. Esos precios tienen algunos supermercados y tiendas por departamento de la capital, donde se comercializan, visitados por este diario.
Es como el retorno de lo que fue gastado antes
La devolución de “una parte” de lo que usted pagó por lo comprado para la escuela de sus hijos es importante, especialmente si se toma en cuenta que el listado de esas compras suele ser largo. Generalmente los padres o tutores acuden a los negocios con una hoja de cuaderno o cualquier otro papel (en ocasiones los escritos los llevan en una table) repleta de nombres de cada cosa que se requiere.
“Usted tiene que traer pegamento, lápices de pintar, sacapuntas, hojas en blanco, cartulina (…), vestir con pantalón azul marino (tela fina), Polo-shirt blanco (el distintivo del colegio lo tenemos de venta aquí) y zapatos negros”, les dicen en centros educativos a los estudiantes cuando los inscriben y eso implica a veces un enorme gasto.