SANTOP DOMINGO. – A propósito de la decisión del juez Amauri Martínez quien debe decidir si enviará o no a juicio de fondo a Jean Alain y los demás implicado en el caso Medusa, explicamos cuál es la diferencia entre un juicio de instrucción o un juicio de fondo.
Juicio de Instrucción
Fase Preliminar: El ministerio público considera que posee pruebas suficientes para sustentar una acusación, presenta dicha acusación ante el juez de la instrucción. Este juez celebra un proceso preliminar en presencia de los imputados, donde examina cada una de las pruebas presentadas por la fiscalía y los querellantes. El objetivo es valorar la pertinencia probatoria de dichas pruebas.
A partir de las pruebas presentadas por el Ministerio Público o por los abogados de la defensa, el juez toma una decisión.
Posibles Resultados:
- Auto de Apertura a Juicio de fondo:
- Indica que las pruebas presentadas tienen la solidez necesaria para sustentar una acusación en un juicio de fondo.
- Aun así, los imputados son considerados inocentes hasta que se demuestre su culpabilidad en el juicio de fondo.
- Este auto no es susceptible de recurso, por lo tanto, no es apelable.
- Auto de No Ha Lugar:
- Indica que las pruebas no son suficientemente robustas para enviar a los imputados a juicio de fondo.
- Concluye el procedimiento respecto al imputado favorecido, cesando todas las medidas de coerción y evitando una nueva persecución penal por el mismo hecho.
- Este auto es apelable.
Juicio de fondo
Tras determinarse la apertura a juicio de fondo, en el juicio de fondo un tribunal dicta una sentencia, después de que se hayan presentado todas las pruebas y los hechos ante un juez.
El juicio de fondo culmina con:
- Sentencia Condenatoria: Si los jueces admiten la acusación y las pruebas presentadas, declarando culpables a los imputados.
- Sentencia Absolutoria: Si no se logra probar la acusación, declarando a los imputados no culpables.