Justicia denegada: 112 ciudadanos esperan la ejecución de sentencias del Tribunal Constitucional

94
0
Compartir

Cuando las decisiones no se ejecutan, se debilita la vigencia de la Constitución y se cuestiona el papel del Tribunal Constitucional como garante de los derechos en el país.

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana es el máximo garante de los derechos fundamentales y de la Constitución. Sin embargo, desde su implementación hasta la actualidad, existen 112 sentencias de este tribunal que no han sido ejecutadas, principalmente por instituciones del Gobierno, lo que supone un impacto directo en los derechos ciudadanos.

La falta de aplicación de estas sentencias afecta a personas que han recurrido al sistema de justicia en busca de amparo y que, pese a haber obtenido un fallo favorable del Tribunal Constitucional, aún no ven cumplidos sus reclamos, a pesar de que en muchos casos llevan más de 10 años en la búsqueda de justicia.

Se advierte una tendencia al incremento del incumplimiento de las sentencias, toda vez que el periódico Diario Libre en fecha del 27 de enero de 2023 reportó que unas 92 sentencias de esa alta corte no habían sido ejecutadas por autoridades del Gobierno, lo que se incrementó a 111 al 23 de noviembre de 2023, según NDigital.

Aun así, el nivel de cumplimiento de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional ronda el 98.54%. Desde su instalación, ese tribunal ha emitido 7,634 resoluciones o sentencias, de las cuales 620 corresponden al 2024.

Justicia denegada

Entre las sentencias previas a 2020 y que está pendiente de ejecución está el fallo TC/0165/18, en el que el Tribunal Constitucional acogió un recurso a favor de Luis Manuel Calderón Castillo contra el Ministerio de Interior y Policía. Este fallo ordenaba la devolución de una pistola propiedad del demandante, imponiendo una multa diaria de RD$5,000 al Ministerio por cada día de incumplimiento.

Sin embargo, el Ministerio de Interior no ha cumplido con esta disposición, según un informe entregado a Noticias SIN por el Tribunal Constitucional.

Otro ejemplo es la sentencia TC/0768/18, que instruía a la Policía Nacional y a la Procuraduría General de la República a restituir un local a Luis Enrique Ricardo Santana y otros demandantes, además de ordenar la devolución de documentos confiscados durante un desalojo ilegal. Esta sentencia permanece sin ejecutar, dejando a los demandantes en un estado de vulnerabilidad y cuestionando la capacidad del sistema para proteger la propiedad y los derechos de los ciudadanos.

Estas sentencias, dictadas antes de 2020, revelan una falta de respuesta institucional que perjudica a los ciudadanos y mina la credibilidad del Tribunal Constitucional.

En muchos casos, los ciudadanos recurren al amparo constitucional como último recurso para defender sus derechos, pero cuando estos sentencias no son respetados, se evidencia una falla estructural en el sistema de justicia.

El problema persiste

El problema persiste en las sentencias emitidas después de 2020. Un ejemplo es la sentencia TC/0144/22, en la cual se establece una multa acumulativa a favor de Edison Apolinar Muñoz Rosado por el incumplimiento de una sentencia previa (TC/0227/18). A pesar de que esta sentencia fue emitida con la intención de compensar al demandante y de imponer sanciones económicas para asegurar su cumplimiento.

En el año 2022 fue emitida la sentencia TC/0181/22 que ordena la reincorporación de Argenis de Jesús Rosario Liriano al cargo que ocupaba en la Policía Nacional, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde su destitución en 2019. Además, se impuso un plazo de treinta días para el cumplimiento de la sentencia. Sin embargo, esta disposición también sigue sin ejecutarse.

Otro caso relevante es la sentencia TC/0405/22, que admitió y acogió la acción de amparo interpuesta por Norberta Odaly Marte Hernández, actuando en representación de su hijo menor de edad, para obtener la pensión de sobrevivencia que les corresponde por ley. En este fallo, el Tribunal ordenó a la Administradora de Fondos de Pensiones Reservas (AFP Reservas) la entrega de la pensión a los beneficiarios, otorgándoles el porcentaje correspondiente y el seguro de sobrevivencia. Para asegurar el cumplimiento de la decisión, se impuso una multa de RD$5,000 diarios por cada día de retardo. Sin embargo, este mandato tampoco se ha ejecutado.

Asimismo, la Sentencia TC/0438/17 es otro ejemplo de incumplimiento. En este fallo, el Tribunal Constitucional ordenó a la Procuraduría Fiscal de la Provincia Santo Domingo la entrega de un vehículo retenido a la señora Maritza Almánzar Fernández. La sentencia también incluía una multa de RD$5,000 diarios por cada día de retraso en la ejecución. A pesar de ello, el vehículo no ha sido devuelto, dejando a la demandante sin el bien y sin el resarcimiento que resolución le otorgó.

El impacto de las 112 Sentencias no ejecutadas

La existencia de 112 sentencias sin ejecutar afecta gravemente la confianza de los ciudadanos en el sistema de justicia. Cada sentencia pendiente representa a una persona que, a pesar de haber ganado un recurso ante el Tribunal Constitucional, no ha visto respetado su derecho. Para los ciudadanos implicados, esto significa vivir en un estado de incertidumbre y vulnerabilidad. Además, la acumulación de sentencias no ejecutadas genera un precedente negativo que puede desalentar a otros ciudadanos de acudir a la justicia para resolver sus problemas.

En casos de sentencias de amparo, como los ejemplos mencionados, la falta de cumplimiento equivale a una violación directa de los derechos constitucionales, lo cual debería ser una prioridad para las autoridades. También desdice el predominio de la institucionalidad. Estas sentencias no solo buscan proteger los derechos individuales, sino que también sientan las bases para la protección de derechos fundamentales en situaciones similares. Cuando las decisiones no se ejecutan, se debilita la vigencia de la Constitución y se cuestiona el papel del Tribunal Constitucional como garante de los derechos en el país.

No hay comentarios

Dejar una respuesta