El Poder Ejecutivo promulgó recientemente la Ley 37-25, mediante la cual se introdujo un cambio para que gobiernos y empresas extranjeras puedan explorar o explotar yacimientos petrolíferos en territorio nacional, con la única condición de que el 15 % de sus acciones estén en manos dominicanas.
Previo a la modificación, el artículo 4 de la Ley 4532-56 sobre Exploración, Explotación y Beneficio del Petróleo indicaba que los gobiernos extranjeros, por ningún motivo, podrían obtener el derecho para exploración o beneficios de derivados del crudo ni podían ser admitidos como socios o accionistas por ninguna persona o compañía que disfrutara de esos derechos.
- Aunque la legislación también condicionaba la participación de personas extranjeras, física y moral, en la exploración o explotación de yacimientos de hidrocarburos en el país, les permitía acceder, siempre y cuando estos se comprometieran a acatar, exclusivamente, en todo lo referente al derecho obtenido, la jurisdicción de los tribunales y la legislación nacional.
Con el cambio normativo se busca impulsar la cooperación, inversión y participación de gobiernos y personas extranjeras en actividades económicas del país, por lo que es necesario propiciar el acceso a más posibilidades de cooperación e inversión en la exploración y explotación del petróleo y demás sustancias hidrocarburíferas, según establece el considerando quinto.
Acuerdo entre RD y Argentina
En el 2022, el presidente de la República, Luis Abinader, y su homólogo argentino, Alberto Fernández, suscribieron un acuerdo que buscaba, entre otras cosas, la colaboración y asistencia en el desarrollo o implementación de un marco que permitiera establecer las bases legales y económicas para canalizar las inversiones públicas o privadas necesarias para promover actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país.