Netflix, Spotify y otras plataformas digitales pagarán impuestos en RD; aquí la fecha

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El presidente Luis Abinader emitió un reglamento para regular la aplicación del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a los servicios de plataformas digitales ofrecidos por proveedores extranjeros y consumidos en la República Dominicana.

La disposición fue oficializada a través del Decreto 30-25, publicado en la Gaceta Oficial No. 11186 el 25 de enero de 2025, en el que se indica que entrará en vigor seis meses después de su emisión, aproximadamente en julio de 2025.

Según se indicó, este reglamento tiene por objeto designar a los proveedores no residentes ni domiciliados en República Dominicana, ya sean directos o indirectos (comisionistas), como agentes de percepción del cien por ciento (100 %) del ITBIS sobre los servicios ofrecidos a través de plataformas digitales que sean utilizados, consumidos o captados en el país.

Asimismo, busca establecer un procedimiento de registro, administración, liquidación y pago del ITBIS aplicable a proveedores no domiciliados ni residentes en República Dominicana que, desde el extranjero, comisionen o presten servicios a través de plataformas digitales y cuyos servicios sean utilizados, consumidos o captados en el territorio nacional.

Los servicios impactados por la medida

 Servicios de streaming de video y música (Netflix, Spotify, Disney+, entre otros).

 Publicidad digital y redes sociales (Facebook Ads, Google Ads).

 Plataformas de intermediación, como Uber, Airbnb y similares.

 Almacenamiento en la nube y software como servicio (SaaS).

 Venta de productos digitales, incluyendo libros electrónicos, cursos en línea y videojuegos.

Otros

a) El acceso y/o la descarga a imágenes, texto, información, video, música, juegos, incluyendo los juegos de azar.

b) El servicio brindado por blogs, revistas o periódicos en línea.

c) La concesión, a título oneroso o gratuito, del derecho a comercializar un bien o servicio en un sitio de Internet que funcione como un mercado en línea, incluyendo los servicios de subastas en línea.

d) La puesta a disposición de bases de datos y cualquier servicio generado automáticamente desde un ordenador, a través de Internet o de una red electrónica, en respuesta a una introducción de datos específicos efectuada por el cliente.

e) Los servicios de clubes en línea, contenido para adultos o webs de citas.

f) Los servicios de intermediación en línea que faciliten la realización de entregas de bienes o prestaciones de servicios subyacentes.

g) Los servicios web, comprendiendo, entre otros, el almacenamiento de datos con acceso de forma remota o en línea, servicios de memoria, entre otros.

h) Publicidad en línea o dirigida, con independencia del soporte o medio a través del cual sea entregada, materializada o ejecutada.

i) Servicio de administración de sistemas remotos y soporte técnico en línea.

j) Servicios provistos por los brokers o sus homólogos. Entendiéndose como un servicio de intermediación o corretaje, y que se obtiene una comisión por la ejecución de una transacción.

k) Servicios finales contratados a través de.

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