El Ministerio de Salud Pública sometió ante la Procuraduría Especializada en Salud a dos de tres centros médicos que se vieron involucrados “en la inobservancia de los servicios de atención a Claudio Caamaño Grullón”, mientras otro de ellos será objeto de una amonestación.
Según el Informe Oficial de la Comisión Técnica apoderada por Salud Pública para investigar el caso, los establecimientos que incurrieron en inobservancias fueron el Centro Médico Regional Aguasvivas de Baní, el primero que recibió al paciente luego de sufrir un accidente de tránsito en Pizarrete, y el Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y Telemedicina (Cedimat), que lo atendió en una ambulancia. Los otros dos establecimientos adonde también fue trasladado Caamaño Grullón, fueron la Clínica Abreu y el Centro Médico UCE, en el que falleció, y el cual será amonestado porque no tuvo una “debida y oportuna comunicación con los familiares del paciente”.
Asimismo, Salud Pública informó que para erradicar de manera definitiva los denominados “rebotes” de pacientes críticos en los centros de salud privados, está procediendo a remitir a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) “la recomendación de la Comisión para que en “el caso de los afiliados al Sistema Nacional de Seguridad Social, para todas las modalidades y regímenes de aseguramiento, establecer que la atención no espere la autorización de un seguro de salud, porque tal comportamiento podría afectar la evolución del paciente, poniendo en peligro su vida”.
Claudio Antonio Caamaño Grullón nació el 21 de febrero de 1938, en Santo Domingo. En la sociedad se conoció por su participación en la Gesta Patria de abril de 1965, en la que fue ascendido a mayor del ejército constitucionalista el día 27 de abril de 1965 durante la Batalla del Puente Duarte.
Caamaño Grullón fue Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia durante la Guerra Abril de 1965. Estuvo junto a Francisco Alberto Caamaño, su primo, durante gran parte de su vida, hasta el día de su muerte el 16 febrero de 1973.
Inobservancias
Centro Médico Regional Aguasvivas de Baní: Al paciente no se le realizó un hemograma, ni ninguna otra analítica sanguínea, pruebas que por su nivel de atención el establecimiento estaba en condiciones de efectuar, por lo que la Comisión entiende que hubo insuficiencia de los procedimientos diagnósticos necesarios para establecer la condición del paciente y determinar la respuesta de su organismo al traslado. Para la referencia a un nivel de superior capacidad resolutiva no se observaron las normativas relativas a la articulación de los niveles de atención, ya que el Centro Médico Regional Aguasvivas no estableció contacto con un centro específico de salud para confirmar que el paciente fuera adecuadamente recibido. Tampoco se consignó el cuadro clínico o la atención otorgada en una nota de referimiento.
Asimismo, indica que: el “traslado desde Baní a Santo Domingo: en su condición de politraumatizado, el paciente debió ser movilizado en una ambulancia con soporte vital avanzado para intervenir oportunamente ante cualquier evento clínico inesperado que requiriera del tipo de recursos disponibles en ese tipo de unidad para preservar la vida”.
Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y Telemedicina (Cedimat): la ambulancia que trasladó al Señor Caamaño desde Baní se mantuvo en el área de estacionamiento de la emergencia alrededor de cuarenta minutos, tiempo durante el cual el paciente permaneció dentro del vehículo, sin que fuera institucionalmente evaluado. En estas circunstancias, el hijo del señor Caamaño Grullón, Claudio Caamaño Vélez, solicitó a una doctora amiga que revisara la presión arterial de su padre, encontrándola en 100/60 mm Hg, de acuerdo a lo que éste comunicó a la Comisión. Según una nota enviada posteriormente por los directivos de ese centro de salud, el paciente fue evaluado dentro de la ambulancia porque el centro no disponía de espacio físico debido a ocupación total de camas, no obstante, lo cual no se cuenta con evidencia escrita de que el paciente recibiera atención ni evaluación alguna. Desde Cedimat, la misma ambulancia trasladó al paciente a la Clínica Abreu, centro que disponía de una cama de intensivo, dato registrado en la nota antes citada.
Clínica Abreu: después ser registrado en el servicio de Emergencia de este centro de salud a las 10:00 de la noche del día 20 de marzo del 2016, el paciente fue clínicamente evaluado y se le administró oxigenoterapia para mejorar la saturación de oxígeno. Se llamó al cirujano general de servicio, quien llegó en un lapso de 10 minutos, aunque los familiares ya habían decidido que el paciente fuera trasladado a otro centro de salud, cumpliéndose a las 10:30 de la noche de ese día 20 de marzo de 2016, los requisitos de rigor para el alta voluntaria.
Centro Médico de la Universidad Central del Este: fue el establecimiento de salud elegido libremente por los familiares, en virtud de que en él laboran los médicos conocedores de los antecedentes patológicos del paciente y que intervinieron en procesos de atención previos. Trasladado al Centro Médico de la UCE a las 10:40 de la noche, fue ingresado con diagnósticos de traumatismos múltiples y fracturas de costillas, siendo valorado por su médico de cabecera a las 11:00 de la noche de ese 20 de marzo del 2016 e ingresado a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) para vigilancia médica.
Sobre la UCE añade que “el ingreso oportuno a la UCI, la tomografía realizada y los controles radiográficos realizados, la colocación de una sonda de drenaje (tubo de pecho) en hemitórax izquierdo, la transfusión de paquetes globulares y los medicamentos administrados, evidencian un manejo acorde con los estándares terapéuticos empleados en pacientes con trauma cerrado de tórax”.
Faltó comunicación
El informe destaca -en el caso de la UCE- “que en cuanto a los elementos de la debida y oportuna comunicación, imprescindibles en el establecimiento de una adecuada relación médico-paciente, los familiares no recibieron la información que les permitiera conocer acerca de la evolución del cuadro clínico del señor Caamaño Grullón, por lo que su fallecimiento, ocurrido el 22 de marzo de 2016 a las 3:30 de la madrugada fue percibido como un evento inesperado, lo que generó confusión, natural desesperación y una gran carga de angustia”.
Claudio Caamaño recibió traumas contusos severos de tórax y de miembro superior izquierdo como consecuencia de un accidente automovilístico ocurrido el 20 de marzo de 2016 a las 05:30 de la tarde, en el tramo carretero Pizarrete, Baní. El impacto le ocasionó múltiples contusiones en región frontal, región escapular, cara anterior del brazo, antebrazo y cara externa del muslo; laceración de hombro, abrasión de codo, contusión de músculos supraescapulares e intercostales. Asimismo, hemorragias en cavidades pleurales, contusión, hematoma y hemorragia alveolar en ambos pulmones; laceración y hematoma en lóbulo inferior del pulmón izquierdo. Además, fracturas con infiltrado hemorrágico del segundo al decimosegundo arco posterior izquierdo. Del lado derecho presentó fracturas e infiltrado hemorrágico del quinto al séptimo arco costal anterior y laceración en dorso mano.