El toque de queda impuesto por 25 días por el presidente Luis Abinader concluye este miércoles en medio de un incremento en el número de contagios del coronavirus.
Se espera que entre hoy o mañana el mandatario emita otro decreto ampliando el toque de queda por 20 días que abarcarían los 45 del estado de emergencia.
Transcurrido ese tiempo nuevamente sería impuesto otra vez el toque de queda y sometería otra declaratoria de estado de emergencia para evitar la propagación del virus que en los últimos días se ha incrementado en el país.
El presidente Abinader prorrogó mediante el decreto 554-20, el 18 de octubre por 25 días el toque de queda como una de las medidas preventivas para combatir la covid-19.
Ese mismo día el jefe del Estado también extendió a través del decreto 553-20, a partir de la misma fecha, 45 días más el estado de emergencia que vive la República Dominicana.
En el informe epidemiológico emitido ayer, el número 235 del Ministerio de Salud Pública, mostraba ligeros incrementos en la positividad de las muestras de las últimas cuatro semanas que se coloca en 9.97% y la positividad diaria estaba en 14.29%, así como en la ocupación de cama hospitalaria que estaba en 20 % con 653 pacientes ingresados y la de camas de Cuidados Intensivos (UCI) en un 35% con 182 ingresos.
En este renglón sólo el indicador de uso de ventiladores tenía tendencia a la baja con 95 equipos ocupados de un total de 426 disponibles.
Hasta este lunes el país reportó 421 nuevos contagios con lo que se elevan a 130 mil 603 los casos acumulados confirmados como positivos y dos defunciones alcanzando un total de 2 mil 267 muertes desde el inicio de la pandemia.
En sus considerandos ambos decretos explican que debido a la evolución epidemiológica de la covid-19, el Poder Ejecutivo declaró el territorio nacional en estado de emergencia mediante el decreto 265-20, señala un comunicado de prensa enviado por la Presidencia de la República.
En el decreto se ratifica el uso obligatorio de mascarilla en los lugares públicos y en los privados de uso público como “medida esencial” para controlar la propagación de la covid-19, cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la ley número 42-01 General de Salud.