El presidente Luis Abinader emitió el decreto en el que extiende el toque de queda en todo el país hasta el 22 de diciembre.
“Queda extendido por 20 días, desde el 2 de diciembre y hasta el 22 de diciembre del año en curso, el toque de queda establecido en el territorio nacional mediante el Decreto núm. 504-20, modificado por el Decreto núm. 554-20, cuyo horario se mantiene de la siguiente manera: a) De lunes a viernes de 9:00 p.m. a 5:00 a.m. b) Los sábados y domingos de 7:00 p.m. a 5:00 a.m.”, explica la Presidencia de la República.
Mediante este decreto se ratifican y mantienen vigentes las siguientes excepciones al toque de queda establecido.
Es decir, que pueden transitar en este horario, personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico.
Personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas.
Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.
Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada.
También pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.