La suerte del caso Odebrecht está en manos del juez Francisco Ortega

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Contra viento y marea, Francisco Ortega Polanco, seguirá siendo el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia para el caso Odebrecht. A menos que, por conciencia y debido a los múltiples cuestionamientos de los abogados, sociedad civil y colegas de la judicatura, él decida inhibirse.

“Simplemente esa fue la decisión del Pleno y así se ejecutará”, dijo el presidente de la Suprema, Mariano Germán Mejía, al cuestionarle sobre la insistencia del Pleno de ese Alta Corte en mantener a Ortega Polanco en el caso pese a ser recusado por varios imputados por considerar que está prejuzgado.

No solo los imputados Ángel Rondón Rijo, Andrés Bautista García, Conrado Pittaluga Arzeno y Víctor Díaz Rúa, objetaron la permanencia del magistrado en el caso, lo mismo hizo la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), previo a su designación, y la presidenta de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, Miriam Germán Brito.

“Tan solo recordar que la inhibición es una facultad que tiene un juez de conocer un caso del cual se encuentra apoderado; es un asunto de conciencia. ¡Tan viejo el criterio como la justicia misma!”, publicó en su cuenta de Twitter el expresidente de la Suprema Corte, Jorge Subero Isa.

Las recusaciones que han hecho a la designación del juez de la Instrucción Especial fueron remitidas por Ortega al Pleno, con la particularidad de que no emite su opinión sobre la recusación ni mucho menos sobre las peticiones de inhibición que, de acuerdo con el artículo 79 del Código Procesal Penal, es facultativo de los jueces.

El vicepresidente ejecutivo de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, consideró que Ortega Polanco, ya tiene un criterio preconcebido respecto al caso Odebrecht y que el Código Procesal establece en su artículo 78 que uno de los motivos para la recusación o inhibición es el “haber intervenido con anterioridad, a cualquier título, o en otra función o calidad o en otra instancia en relación a la misma causa”.

La jueza Miriam Germán razonó su voto disidente, cuando el Pleno ratificó por primera vez a Ortega, en el sentido de que no sólo medida de coerción, sino que también conoció inmovilización de bienes y conoció el tema de las pruebas a solicitud de los imputados.

“El pleno de la Suprema corte de Justicia considera que la inhibición debe ser declarada a conciencia y de manera voluntaria por el juez, y al efecto tal decisión no ha intervenido a la fecha de esta resolución”, cita en sus consideraciones el Pleno integrado por 12 de los 16 jueces que conforman ese tribunal.

En la instancia, dicen además, que las actuaciones de Ortega Polanco en el caso no han permitido apreciar que “haya hecho pronunciamientos ni realizado aspectos que impliquen juicios sobre los hechos que constituyen elementos básicos a examinar como necesarios en la etapa preliminar subsiguiente a aquella en que participó”.

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