En una sentencia dictada recientemente por el Tribunal Constitucional (TC), se ratificó la Ley núm. 5880, que prohíbe a «toda persona que alabe o exalte a los Trujillo o a su régimen tiránico en alta voz o por medio de gritos, discursos, escritos públicos o epistolares».
La Ley 5880 del Consejo de Estado de 1962, que establece prisión «de diez días a un año» y multas a quienes exalten al tirano, fue declarada conforme a la Carta Magna, por lo que rechazó en cuanto al fondo las pretensiones del abogado Ángel Polanco Sánchez y «compartes», quienes interpuseron un recurso de inconstitucionalidad.
El órgano extrapoder también rechazó una demanda del abogado Ruddys Antonio Mejía Tineo, que tenía el mismo objeto de sus colegas encabezados por Polanco Sánchez en contra de la legislación de más de 60 años.
La sentencia se da conocer, únicamente, a través de su dispositivo, por la página número 10 del Comunicado núm. 71/23 de la Secretaría del TC.
La decisión es sobre los expedientes números TC-01-2020-0046 y TC-01-2023-0024, relativos a las acciones directas interpuestas por Polanco Sánchez y Mejía Tineo ante el TC.